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Derecho Inmobiliario

El mercado inmobiliario de Mojácar, Vera, Garrucha y el resto de la Costa de Almería tiene particularidades que exigen un asesoramiento jurídico especializado, especialmente cuando intervienen compradores británicos o europeos. En Fau & Loustau Abogados llevamos más de cuatro décadas acompañando a clientes extranjeros en la compraventa de viviendas, parcelas y locales, con una metodología adaptada a quien conoce el sistema del conveyancing británico y se enfrenta por primera vez al procedimiento notarial español.

Nuestro equipo realiza una due diligence completa antes de la firma: verificación registral mediante nota simple, comprobación de cargas, embargos e hipotecas, revisión del estado urbanístico del inmueble, deudas con comunidad de propietarios, IBI pendientes y licencias. Este control previo es fundamental en una zona como la Costa de Almería, donde existe un porcentaje relevante de inmuebles con situaciones urbanísticas complejas o edificaciones AFO.

Gestionamos la obtención del NIE, la redacción y negociación del contrato de arras, la representación ante notario mediante poder y la liquidación de todos los impuestos asociados a la operación, incluidos el ITP del 7% en Andalucía, el AJD cuando proceda y la plusvalía municipal. Acompañamos al cliente hasta la inscripción final en el Registro de la Propiedad.

Cómo le ayudamos

  • Due diligence jurídica y urbanística previa a la compra
  • Obtención de nota simple registral y estudio de cargas
  • Tramitación del NIE para compradores extranjeros
  • Redacción y negociación de contratos de arras penitenciales
  • Representación mediante poder notarial en la firma de escritura
  • Liquidación del ITP del 7% en Andalucía y del AJD
  • Cálculo y pago de la plusvalía municipal
  • Inscripción de la escritura en el Registro de la Propiedad
  • Asesoramiento fiscal post compra y alta en suministros
  • Asistencia en compraventas entre particulares y a promotor

Nuestro proceso

1

Consulta inicial y propuesta

Analizamos la operación, identificamos riesgos y entregamos un presupuesto cerrado sin sorpresas.

2

Due diligence completa

Solicitamos nota simple, comprobamos cargas, revisamos situación urbanística, deudas y licencias.

3

Negociación y arras

Redactamos el contrato de arras protegiendo al comprador y fijando condiciones claras de la operación.

4

Firma ante notario

Acompañamos al cliente o actuamos con poder notarial, revisando la escritura antes de la firma.

5

Postventa e inscripción

Liquidamos impuestos, inscribimos en el Registro y gestionamos cambios de titularidad de suministros.

Preguntas frecuentes

¿Qué impuestos pago al comprar una vivienda de segunda mano en Andalucía?

El impuesto principal es el ITP, fijado en el 7% sobre el valor de referencia catastral o el precio de compra, el mayor de los dos. Existen tipos reducidos del 6% para viviendas con valor igual o inferior a 150.000 euros. Debe liquidarse en un plazo de 30 días hábiles desde la firma.

¿Es obligatorio tener NIE para comprar en España?

Sí. El NIE es imprescindible para firmar la escritura y liquidar impuestos. Nosotros tramitamos el NIE de nuestros clientes extranjeros directamente, incluso mediante poder notarial si no pueden desplazarse a España.

¿Puedo comprar sin estar presente en España?

Sí. Mediante un poder notarial otorgado en su país de origen y debidamente apostillado, nuestro despacho puede representarle en todo el proceso, incluida la firma ante notario y la inscripción registral.

¿Qué diferencia hay con el conveyancing británico?

En España la escritura pública ante notario es el acto esencial de transmisión y la inscripción en el Registro de la Propiedad otorga la protección jurídica. No existe la figura del solicitor actuando como intermediario financiero, por lo que contar con un abogado independiente del vendedor es fundamental.

¿Qué riesgos específicos tiene comprar en la Costa de Almería?

La zona presenta un número significativo de inmuebles en situación urbanística irregular, sobre todo en suelo no urbanizable común. Una due diligence previa evita sorpresas como inmuebles sin licencia de primera ocupación, edificaciones AFO no declaradas o deslindes defectuosos.

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