Herencias y Testamentos
Las herencias que involucran bienes en España y en otro país europeo requieren coordinar dos sistemas legales y fiscales simultáneamente. Fau & Loustau Abogados gestiona cada año herencias internacionales de clientes británicos, alemanes, franceses y holandeses con intereses en Mojácar y la Costa de Almería, aplicando el Reglamento UE 650/2012 para determinar la ley aplicable y evitar conflictos entre jurisdicciones.
Nuestro servicio cubre desde el otorgamiento preventivo del testamento en España con incorporación de la professio iuris hasta la tramitación completa de la herencia tras el fallecimiento: obtención del certificado de últimas voluntades, localización y valoración de bienes, aceptación, partición y adjudicación, liquidación del Impuesto de Sucesiones y cambios de titularidad registrales. Trabajamos coordinadamente con abogados y solicitors del país del causante cuando existen bienes en el extranjero.
En Andalucía la bonificación del 99% en la cuota del Impuesto de Sucesiones para cónyuges, descendientes y ascendientes supone un ahorro fiscal muy relevante, pero su correcta aplicación exige una planificación previa y el cumplimiento estricto de los plazos. Nuestro despacho le asesora sobre cómo estructurar la herencia para maximizar este beneficio y evitar errores que puedan generar recargos o sanciones.
Cómo le ayudamos
- Redacción de testamentos en España para residentes y no residentes
- Inclusión de la professio iuris conforme al Reglamento UE 650/2012
- Obtención del certificado de últimas voluntades y de defunción
- Declaración de herederos ab intestato cuando no hay testamento
- Inventario, valoración y partición de bienes hereditarios
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones con bonificación del 99%
- Coordinación con abogados del país del causante en herencias internacionales
- Tramitación de la aceptación o renuncia de la herencia
- Cambios de titularidad en Registro de la Propiedad y bancos
- Planificación sucesoria preventiva y donaciones en vida
Nuestro proceso
Análisis del caso
Estudiamos el testamento, los bienes implicados y determinamos la ley aplicable según el Reglamento UE 650/2012.
Documentación y certificados
Obtenemos certificado de defunción, últimas voluntades, seguros de vida y títulos de propiedad.
Inventario y valoración
Identificamos y valoramos todos los bienes, deudas y cargas que integran el caudal hereditario.
Aceptación y partición
Formalizamos la escritura de aceptación y adjudicación ante notario con todos los herederos.
Liquidación fiscal e inscripción
Presentamos el Impuesto de Sucesiones y tramitamos los cambios de titularidad en registros y bancos.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de Impuesto de Sucesiones en Andalucía?
Los cónyuges, descendientes y ascendientes disfrutan de una bonificación del 99% en la cuota tributaria, lo que en la práctica reduce la factura fiscal al 1% del impuesto calculado. El plazo de presentación es de 6 meses desde el fallecimiento, prorrogable otros 6 meses si se solicita en el tercer mes.
¿Es mejor hacer testamento en España o en mi país de origen?
Recomendamos otorgar testamento en España para los bienes situados aquí. Simplifica enormemente la tramitación, reduce costes y plazos, y permite incluir la professio iuris para elegir la ley aplicable conforme al Reglamento UE 650/2012.
¿Qué es la professio iuris y por qué me interesa?
Es la facultad que otorga el Reglamento UE 650/2012 para elegir como ley aplicable a la sucesión la ley de la nacionalidad en lugar de la ley de la residencia habitual. Para un británico o europeo residente en España es clave para respetar la libertad de testar de su ordenamiento nacional.
¿Qué ocurre si no hay testamento?
Se tramita una declaración de herederos ab intestato ante notario si los herederos son descendientes, ascendientes o cónyuge, o ante juzgado en los demás casos. El proceso es más largo y costoso que con testamento, por eso recomendamos siempre otorgarlo.
¿Puedo renunciar a una herencia con deudas?
Sí. La renuncia debe hacerse en escritura pública ante notario y es irrevocable. También existe la aceptación a beneficio de inventario, que limita la responsabilidad del heredero al valor de los bienes heredados. Le asesoramos sobre cuál es la mejor opción en su caso.
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