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NPLs y Distressed Debt

Los Non-Performing Loans (NPLs) son créditos en mora superior a 90 días con descuentos del 60% al 95% sobre el nominal. España es el segundo mercado europeo con mayor stock de NPLs, con más de 76.000 millones de euros. Acompañamos a fondos de inversión, family offices, servicers y particulares en todo el ciclo de vida de los créditos dudosos: desde la due diligence de carteras hasta el recobro judicial, pasando por la defensa del deudor cuyo préstamo ha sido adquirido por un fondo.

Cómo le ayudamos

  • Due diligence legal de carteras NPL (hipotecarias y unsecured)
  • Negociación del SPA (Sale and Purchase Agreement)
  • Cesión de créditos ante notario y Registro (arts. 1526 y ss. CC)
  • Sucesión procesal en procedimientos en curso (art. 17 LEC)
  • Estructuración de vehículos de adquisición (FAB, FT, SL)
  • Análisis del derecho de retracto del art. 1535 CC
  • Negociación de quitas y daciones en pago con servicers
  • Defensa frente a ejecuciones hipotecarias y cláusulas abusivas
  • Ley de Segunda Oportunidad para deudores
  • Asesoramiento en REOs (Real Estate Owned)

Nuestro proceso

1

Análisis inicial

Para inversores: evaluación del perímetro de cartera. Para deudores: verificación de la legitimación del fondo adquirente y cadena de cesiones.

2

Due diligence

Validez del título, estado procesal, garantías reales, tasaciones, prescripción, cláusulas abusivas (LCCI) y riesgo de litigiosidad post-adquisición.

3

Estructuración

Negociación del SPA, representations & warranties, exclusion criteria y estructura fiscal eficiente del vehículo adquirente.

4

Cierre y cesión

Cesión ante notario, inscripción registral de garantías hipotecarias y notificación fehaciente al deudor.

5

Gestión post-cierre

Transición al servicer, estrategia de recobro, ejecución hipotecaria y conversión de NPL en REO cuando proceda.

Preguntas frecuentes

¿Puedo comprar un NPL siendo inversor particular?

Sí. Aunque el mercado mayorista está dominado por grandes fondos, existen vías para adquirir posiciones individuales, especialmente en subastas judiciales y cesiones de remate. Verificamos que el título es sólido y que la inversión tiene recorrido real de recuperación.

Me han dicho que un fondo ha comprado mi hipoteca. ¿Qué puedo hacer?

Primero analizamos si la cesión es válida, si le han notificado correctamente y si existen cláusulas abusivas en su préstamo original. En muchos casos podemos negociar quitas del 40-70% con el servicer, dación en pago o acogerle a la Ley de Segunda Oportunidad.

¿Qué es el retracto del artículo 1535 del Código Civil?

Es un derecho que permite al deudor, cuando su crédito litigioso ha sido cedido, extinguir la deuda pagando al comprador el precio real pagado más gastos e intereses, dentro de 9 días desde la reclamación. Tiene limitaciones en cesiones en bloque pero puede ser una herramienta potente.

¿Es legal que un banco venda mi deuda sin avisarme?

Sí. El Código Civil no exige consentimiento del deudor para la cesión, pero sí que se le comunique para saber a quién pagar. La Directiva 2021/2167 refuerza las obligaciones de información una vez se transponga completamente.

¿Puedo acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad si mi deuda la tiene un fondo?

Sí. La identidad del acreedor no impide acogerse al mecanismo de exoneración del pasivo insatisfecho. Es una vía muy eficaz para deudores particulares en situación de insolvencia, incluso si su préstamo ha sido vendido por el banco a un fondo de inversión extranjero.

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