Correduría de Seguros
Como corredores de seguros inscritos en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) bajo la Ley 26/2006, representamos al cliente, no a la aseguradora. Analizamos de forma objetiva las ofertas de múltiples compañías y proponemos la póliza que mejor se ajusta a su situación real. La gran ventaja de integrar el corretaje en un despacho de abogados es la visión 360 de su patrimonio: cuando el profesional que gestiona su herencia o compraventa es el mismo que coordina sus seguros, los riesgos se identifican antes de convertirse en problemas.
Cómo le ayudamos
- Seguro de hogar y segunda residencia
- Seguros de vehículos (auto y moto)
- Seguros de vida y salud
- Seguros de empresas y pymes
- Seguros de comercio y locales
- Seguros de comunidades de propietarios
- Responsabilidad civil profesional
- Seguro decenal para constructoras
- Productos de ahorro e inversión (PIAS, Unit Linked)
- Seguros de viaje y asistencia
- Seguros de embarcaciones de recreo
- Gestión integral de siniestros
Nuestro proceso
Análisis de necesidades
Reunión inicial para entender su situación, patrimonio y riesgos. Revisamos las pólizas existentes para detectar solapamientos o infracoberturas.
Estudio comparativo
Solicitamos propuestas a varias compañías y las analizamos en paralelo: precio, coberturas, franquicias y exclusiones.
Propuesta personalizada
Le presentamos la opción que mejor equilibra coste y protección, con un informe comparativo claro y sin letra pequeña.
Gestión continua y siniestros
Nos encargamos de renovaciones, modificaciones y, lo más importante, gestión completa del siniestro si ocurre.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que pagar algo por el servicio de corredor?
No. Los corredores cobramos directamente de la aseguradora mediante una comisión ya incluida en la prima. El precio que paga es el mismo o inferior al que pagaría contratando directamente, pero gana asesoramiento independiente y gestión de siniestros sin coste adicional.
¿Qué pasa si tengo un siniestro?
Nos llama a nosotros, no a la compañía. Abrimos el parte, coordinamos con el perito, vigilamos los plazos legales y defendemos que la aseguradora cumpla. Si hay controversia, nuestro equipo jurídico interviene directamente.
¿Puedo cambiar mi seguro actual aunque no haya vencido?
Sí. La Ley 20/2015 permite cancelar la mayoría de pólizas con un mes de antelación al vencimiento anual. Gestionamos la baja con la aseguradora antigua sin que se produzca vacío de cobertura.
¿Atienden a residentes británicos y otros extranjeros?
Sí. Trabajamos habitualmente con la comunidad británica de Mojácar, Vera y la Costa de Almería. Atención bilingüe y experiencia concreta en coberturas para residentes post-Brexit.
¿Es más caro contratar con un corredor?
No. La prima es la misma porque la comisión ya está incluida en la tarifa estándar de la aseguradora. Lo que cambia es lo que recibe: asesoramiento independiente, análisis comparativo y gestión personalizada de siniestros. Operamos bajo la Ley 26/2006 e inscritos en el Registro Administrativo Especial de la DGSFP.
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